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Glosario A-Z

Glosario RRHH y control horario

Definiciones claras de los términos que aparecen en cada inspección, nómina o contrato. Con cita normativa cuando la hay. Pensadas para pymes españolas.

75 términos · actualizado regularmente

A B C D E F H I J L M N P R S T V

C

14 términos

Calendario laboral

Documento anual que la empresa debe elaborar y exponer en un lugar visible del centro de trabajo. Recoge la distribución de la jornada, los días laborables, los festivos nacionales, autonómicos y locales, y los descansos.

Comité de empresa

Órgano de representación colectiva de los trabajadores en empresas o centros de trabajo de 50 o más empleados. En centros de 6 a 49 trabajadores se eligen delegados de personal en lugar de comité.

Conciliación familiar

Conjunto de derechos para compatibilizar trabajo y responsabilidades familiares: adaptación de jornada, reducciones, permisos y excedencias. Regulado en los arts. 34.8, 37 y 46 ET.

Contrato a tiempo parcial

Contrato en el que se acuerda la prestación de servicios durante un número de horas al día, semana, mes o año inferior a la jornada de un trabajador a tiempo completo comparable.

Contrato de formación en alternancia

Modalidad formativa que combina trabajo retribuido y formación reglada. Regulado en el art. 11.2 ET tras la reforma del RDL 32/2021. Edad máxima 30 años en general.

Contrato de relevo

Contrato que se celebra con una persona desempleada o con contrato temporal en la empresa para sustituir la jornada dejada vacante por un trabajador que accede a la jubilación parcial.

Contrato fijo discontinuo

Contrato indefinido para trabajos de naturaleza estacional o de actividad intermitente. Tras la reforma laboral de 2022 sustituye a la mayoría de contratos por obra o servicio y temporales por circunstancias previsibles.

Contrato formativo para la obtención de práctica profesional

Contrato formativo dirigido a personas con titulación universitaria, grado medio o superior de FP, certificado de profesionalidad u otra equivalente, con el fin de adquirir práctica profesional acorde al nivel de estudios.

Contrato indefinido

Contrato sin fecha de finalización pactada. Es la modalidad ordinaria de contratación en España tras la reforma laboral de 2022, que restringió el uso de los contratos temporales.

Contrato temporal

Contrato con fecha o causa de finalización determinada. Tras la reforma laboral de 2022 solo se admite por circunstancias de la producción o por sustitución; el resto de supuestos pasan a indefinidos o fijos discontinuos.

Convenio aplicable (criterios para determinarlo)

Criterios para identificar qué convenio colectivo rige una relación laboral: actividad real de la empresa, ámbito territorial y funcional, y reglas de concurrencia del art. 84 ET.

Convenio colectivo

Acuerdo negociado entre representantes de empresa y trabajadores que regula condiciones laborales (salario, jornada, vacaciones, categorías) por encima de los mínimos legales. Puede ser de empresa, sectorial provincial, autonómico o estatal.

Cotización a la Seguridad Social

Cuotas mensuales que empresa y trabajador aportan a la Seguridad Social para financiar prestaciones (jubilación, desempleo, IT, sanidad). El grueso lo paga la empresa; al trabajador se le descuenta una parte en la nómina.

Cotización en el RETA (autónomos)

Régimen Especial de Trabajadores Autónomos. Desde 2023 las cuotas se calculan por rendimientos netos reales en tramos progresivos. Regulado en el RDL 13/2022.

D

7 términos

Desconexión digital

Derecho de los trabajadores a no atender comunicaciones laborales (correos, mensajes, llamadas) fuera de su jornada. La empresa debe elaborar una política interna previa consulta con los representantes de los trabajadores.

Despido colectivo

Extinción de contratos por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción que afecta, en un periodo de 90 días, a determinados umbrales de plantilla previstos en el art. 51 ET.

Despido disciplinario

Extinción del contrato por incumplimiento grave y culpable del trabajador (faltas reiteradas, indisciplina, ofensas, transgresión de la buena fe, embriaguez habitual). Sin preaviso ni indemnización si se declara procedente.

Despido improcedente

Despido que el juez considera no acreditado o sin causa suficiente. Genera derecho a indemnización de 33 días por año (tope 24 mensualidades) o readmisión, a elección de la empresa.

Despido nulo

Despido que vulnera derechos fundamentales o afecta a trabajadores con especial protección (embarazo, conciliación). Obliga a la readmisión inmediata con abono de salarios de tramitación.

Despido objetivo

Extinción del contrato por causas económicas, técnicas, organizativas, productivas, ineptitud sobrevenida o faltas de asistencia justificadas. Requiere preaviso de 15 días e indemnización de 20 días por año trabajado.

Dietas y gastos de viaje

Cantidades destinadas a compensar gastos de manutención, estancia y locomoción cuando la persona trabajadora se desplaza fuera de su centro de trabajo habitual. Pueden quedar exentas de IRPF dentro de los límites reglamentarios.

I

6 términos

Incapacidad Permanente (Total, Absoluta y Gran Invalidez)

Situación del trabajador que, tras haber recibido tratamiento médico, presenta reducciones anatómicas o funcionales graves, susceptibles de determinación objetiva y previsiblemente definitivas, que disminuyen o anulan su capacidad laboral.

Incapacidad Temporal (IT)

Situación en la que el trabajador no puede prestar servicios por enfermedad o accidente y recibe asistencia sanitaria. Genera derecho a una prestación económica de la Seguridad Social mientras dure la baja médica.

Indemnización por despido

Cantidad económica que debe abonar la empresa al trabajador cuando se extingue el contrato, cuyo importe varía según la causa y la calificación judicial del despido.

Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS)

Organismo público que vigila el cumplimiento de la normativa laboral, de Seguridad Social y de prevención. Regulado en la Ley 23/2015. Puede actuar de oficio, por denuncia o por orden superior.

IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples)

Indicador de referencia para la concesión de ayudas, becas, subvenciones y prestaciones, así como para el acceso a la justicia gratuita. Sustituye al SMI como referencia en estos ámbitos desde 2004.

IRPF (retención en nómina)

Porcentaje del salario bruto que la empresa retiene cada mes a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y lo ingresa en Hacienda. Se calcula sobre la retribución anual estimada y la situación personal del trabajador.

M

6 términos

Modelo 111 (autoliquidación de retenciones IRPF)

Declaración trimestral o mensual mediante la cual la empresa ingresa en Hacienda las retenciones de IRPF practicadas a trabajadores, profesionales y otros perceptores de rendimientos.

Modelo 145 (IRPF)

Declaración del trabajador a la empresa de su situación personal y familiar a efectos de calcular la retención de IRPF en nómina. Regulado en el art. 88 del Reglamento del IRPF (RD 439/2007).

Modelo 190 (resumen anual de retenciones IRPF)

Declaración informativa anual en la que la empresa detalla, por perceptor, las retribuciones satisfechas y las retenciones de IRPF practicadas durante el año.

Modificación sustancial de las condiciones de trabajo (art. 41 ET)

Cambio relevante en jornada, horario, turnos, salario, sistema de trabajo, funciones o movilidad que la empresa puede imponer si acredita causas económicas, técnicas, organizativas o de producción.

Movilidad geográfica (traslado, art. 40 ET)

Desplazamiento de la persona trabajadora a un centro de trabajo distinto que exige cambio de residencia, por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción.

Mutua colaboradora con la Seguridad Social

Asociación de empresarios sin ánimo de lucro que colabora con la Seguridad Social en la gestión de contingencias profesionales, la prestación de IT y el cese de actividad. Regulado en los arts. 80-101 LGSS.

P

10 términos

Pacto de no competencia postcontractual (art. 21 ET)

Acuerdo por el que la persona trabajadora se compromete, una vez extinguido el contrato, a no realizar actividades profesionales en competencia con la empresa, a cambio de una compensación económica adecuada.

Pagas extraordinarias

Retribuciones complementarias que el trabajador percibe en dos pagas al año (verano y Navidad), salvo prorrateo mensual pactado o previsto en convenio. Reguladas en el art. 31 ET.

Periodo de prueba

Fase inicial del contrato en la que cualquiera de las partes puede desistir sin alegar causa ni abonar indemnización. Duración máxima según convenio; en su defecto, 6 meses técnicos / 2 meses resto. Art. 14 ET.

Permiso retribuido

Ausencia justificada del puesto de trabajo con derecho a salario por causas previstas legalmente (matrimonio, fallecimiento de familiar, mudanza, exámenes, deberes públicos). Requiere preaviso y justificación a la empresa.

Plan de igualdad

Conjunto de medidas para alcanzar la igualdad efectiva entre mujeres y hombres en la empresa. Obligatorio desde 50 trabajadores. Regulado en la LO 3/2007 y desarrollado por el RD 901/2020.

Pluriempleo y pluriactividad

Pluriempleo es prestar servicios para dos o más empresas en el mismo régimen de la Seguridad Social. Pluriactividad es estar dado de alta en dos regímenes distintos (típicamente Régimen General y RETA).

Prestación familiar por hijo a cargo

Prestación no contributiva de Seguridad Social a favor de familias con hijos a cargo menores o con discapacidad, sujeta a límites de renta. En su modalidad sin discapacidad fue absorbida por el Ingreso Mínimo Vital y el complemento por hijo a cargo.

Prestación por desempleo (paro)

Prestación contributiva por cese involuntario en el trabajo. Requiere al menos 360 días cotizados en los 6 años anteriores. Duración entre 4 y 24 meses. Regulada en el Título III LGSS.

Prevención de Riesgos Laborales (PRL)

Conjunto de actividades para proteger la seguridad y salud de los trabajadores. Regulada en la Ley 31/1995. Obligación empresarial integrada en todo el sistema de gestión.

Propinas (tributación y cotización)

Cantidades entregadas voluntariamente por el cliente al trabajador. Su tratamiento depende de si las gestiona la empresa o las recibe directamente la persona trabajadora, y de cómo se distribuyen.