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Jornada y registro horario

Conciliación familiar

Conjunto de derechos para compatibilizar trabajo y responsabilidades familiares: adaptación de jornada, reducciones, permisos y excedencias. Regulado en los arts. 34.8, 37 y 46 ET.

La conciliación familiar agrupa los derechos del trabajador para ajustar su prestación laboral a las necesidades de cuidado de hijos, familiares dependientes o personas a cargo. La regulación troncal está en el Estatuto de los Trabajadores tras la reforma del RDL 5/2023 y la Ley 15/2022.

Las medidas principales son:

  • Adaptación de jornada (art. 34.8 ET): derecho a solicitar cambios en distribución, horario o modalidad presencial/remota.
  • Permisos retribuidos (art. 37 ET): nacimiento, hospitalización, fallecimiento, cuidado del lactante.
  • Reducción de jornada por guarda legal (art. 37.6 ET).
  • Excedencia por cuidado de hijos o familiares (art. 46.3 ET), hasta 3 años con reserva del puesto el primer año.

La empresa debe responder por escrito y motivar la negativa en un plazo de 15 días. La negativa injustificada puede ser impugnada por la vía del art. 139 LRJS.

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