Kiwii
Nóminas y retribución

FOGASA (Fondo de Garantía Salarial)

Organismo autónomo del Ministerio de Trabajo que abona salarios e indemnizaciones pendientes cuando la empresa es insolvente o está en concurso. Regulado en el art. 33 ET.

El FOGASA es un organismo autónomo dependiente del Ministerio de Trabajo, regulado en el art. 33 ET y financiado por una cotización empresarial obligatoria (0,2 % de la base de contingencias comunes).

Garantiza el pago de:

  • Salarios pendientes: hasta el doble del SMI diario (con prorrateo de pagas extra) y un máximo de 120 días.
  • Indemnizaciones por despido o extinción (arts. 50, 51, 52 ET, extinción concursal): a razón de 30 días por año trabajado, con tope del doble del SMI diario y máximo de un año.

Se activa cuando la empresa es declarada insolvente, está en concurso de acreedores o cierra sin patrimonio. El trabajador debe presentar la solicitud en el plazo de 1 año desde el acto de conciliación, sentencia o resolución que reconozca el crédito.

FOGASA se subroga en los créditos del trabajador frente a la empresa por las cantidades abonadas (art. 33.4 ET). En empresas de menos de 25 trabajadores, en despidos objetivos o colectivos, el Fondo abonaba históricamente 8 días/año de indemnización al trabajador; esa figura fue suprimida por el RDL 32/2021 con efectos desde 31-12-2021.

Términos relacionados

← Volver al glosario completo