El calendario laboral es el documento que cada empresa debe elaborar al inicio del año y exponer en un lugar visible del centro de trabajo. Recoge la distribución anual de la jornada, los días laborables, los descansos semanales y los festivos nacionales, autonómicos y locales aplicables.
Su obligatoriedad está establecida en el artículo 34.6 del Estatuto de los Trabajadores. Debe consultarse previamente con los representantes legales de los trabajadores si existen.
Cada año se publican 14 festivos retribuidos y no recuperables: las 2 fiestas locales del municipio, las autonómicas que fije cada comunidad y las nacionales del BOE. Si una fiesta nacional coincide en domingo, en algunas comunidades se traslada al lunes siguiente.
El incumplimiento de la obligación de elaborar o exponer el calendario es una infracción leve según la LISOS (RDLeg 5/2000).