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Seguridad Social

Pluriempleo y pluriactividad

Pluriempleo es prestar servicios para dos o más empresas en el mismo régimen de la Seguridad Social. Pluriactividad es estar dado de alta en dos regímenes distintos (típicamente Régimen General y RETA).

El pluriempleo implica trabajar por cuenta ajena para varias empresas dentro del mismo régimen, normalmente el General. Cada empresa cotiza por la retribución que satisface; la TGSS distribuye el tope máximo de cotización entre las distintas empresas en proporción a las retribuciones abonadas, evitando la cotización por encima del tope.

La pluriactividad se produce cuando una misma persona figura de alta en dos regímenes distintos, habitualmente Régimen General (cuenta ajena) y RETA (autónomos). En este supuesto se cotiza íntegramente en ambos regímenes, pero la LGSS reconoce el derecho a la devolución del exceso de cotización por contingencias comunes cuando se supera el tope conjunto previsto reglamentariamente, previa solicitud a la TGSS. La pluriactividad también permite acceder a determinadas bonificaciones en el RETA durante los primeros años.

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