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Representación y convenio

Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS)

Organismo público que vigila el cumplimiento de la normativa laboral, de Seguridad Social y de prevención. Regulado en la Ley 23/2015. Puede actuar de oficio, por denuncia o por orden superior.

La ITSS es un organismo autónomo adscrito al Ministerio de Trabajo, regulado por la Ley 23/2015, de 21 de julio, Ordenadora del Sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Su función es vigilar y exigir el cumplimiento de las normas del orden social.

Ámbitos de actuación:

  • Relaciones laborales individuales y colectivas.
  • Prevención de riesgos laborales.
  • Seguridad Social, encuadramiento, cotización y prestaciones.
  • Empleo, ETT, emigración y trabajo de extranjeros.

Las actuaciones pueden iniciarse de oficio, por orden superior, por petición razonada de otro órgano, o por denuncia (que puede ser anónima en supuestos de fraude grave). Las inspecciones gozan de presunción de certeza en sus actas (art. 23 Ley 23/2015).

Resultados posibles: requerimiento, acta de infracción (con propuesta de sanción según LISOS), acta de liquidación de cuotas, paralización inmediata de trabajos en supuestos de riesgo grave e inminente, o extensión de actas a la jurisdicción social.

El plazo general de prescripción de las infracciones en el orden social es de 3 años, salvo en prevención (5 años) y Seguridad Social (4 años).

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