La ITSS es un organismo autónomo adscrito al Ministerio de Trabajo, regulado por la Ley 23/2015, de 21 de julio, Ordenadora del Sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Su función es vigilar y exigir el cumplimiento de las normas del orden social.
Ámbitos de actuación:
- Relaciones laborales individuales y colectivas.
- Prevención de riesgos laborales.
- Seguridad Social, encuadramiento, cotización y prestaciones.
- Empleo, ETT, emigración y trabajo de extranjeros.
Las actuaciones pueden iniciarse de oficio, por orden superior, por petición razonada de otro órgano, o por denuncia (que puede ser anónima en supuestos de fraude grave). Las inspecciones gozan de presunción de certeza en sus actas (art. 23 Ley 23/2015).
Resultados posibles: requerimiento, acta de infracción (con propuesta de sanción según LISOS), acta de liquidación de cuotas, paralización inmediata de trabajos en supuestos de riesgo grave e inminente, o extensión de actas a la jurisdicción social.
El plazo general de prescripción de las infracciones en el orden social es de 3 años, salvo en prevención (5 años) y Seguridad Social (4 años).