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Bajas y suspensiones

ERTE (Expediente de Regulación Temporal de Empleo)

Suspensión temporal de contratos o reducción de jornada por causas económicas, técnicas, organizativas, productivas o de fuerza mayor. Los trabajadores cobran del SEPE durante el ERTE y se reincorporan al finalizar.

Un ERTE permite a la empresa suspender temporalmente los contratos de sus trabajadores o reducir su jornada cuando concurren causas económicas, técnicas, organizativas, productivas (ETOP) o de fuerza mayor. Es una alternativa al despido cuando la situación se prevé temporal.

Durante el ERTE, el trabajador no presta servicios (o reduce su jornada en el porcentaje pactado) y cobra una prestación por desempleo del SEPE. La empresa mantiene la cotización a la Seguridad Social en los términos previstos legalmente. Al finalizar el ERTE, el trabajador se reincorpora a su puesto en las mismas condiciones que tenía antes.

Está regulado en el artículo 47 del Estatuto de los Trabajadores. Requiere un procedimiento previo de consultas con los representantes de los trabajadores (o con una comisión ad hoc si no existen) y comunicación a la autoridad laboral, que constatará la causa en supuestos de fuerza mayor.

El Mecanismo RED, introducido por la reforma laboral de 2022, permite ERTE en situaciones cíclicas o sectoriales declaradas por el Gobierno, con beneficios específicos para empresa y trabajadores.

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