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Representación y convenio

Convenio aplicable (criterios para determinarlo)

Criterios para identificar qué convenio colectivo rige una relación laboral: actividad real de la empresa, ámbito territorial y funcional, y reglas de concurrencia del art. 84 ET.

Determinar el convenio aplicable es el primer paso para fijar salario, jornada, vacaciones y régimen disciplinario. La regla general: se aplica el convenio cuyo ámbito funcional coincida con la actividad real y preponderante de la empresa, no con su objeto social ni con el epígrafe del IAE.

Criterios habituales para la calificación:

  • Ámbito funcional: actividad económica principal de la empresa.
  • Ámbito territorial: estatal, autonómico, provincial o de empresa.
  • Ámbito personal: categorías o grupos profesionales incluidos.
  • Ámbito temporal: vigencia y ultraactividad (art. 86 ET).

En caso de concurrencia entre convenios, el art. 84 ET fija reglas de prioridad: el convenio sectorial estatal o autonómico no puede ser afectado durante su vigencia por otro de ámbito inferior, salvo en las materias del art. 84.2 (salario base, complementos, horario, planificación de vacaciones, clasificación profesional, modalidades de contratación y conciliación), donde el convenio de empresa tiene prioridad aplicativa.

Si existen dudas, puede solicitarse pronunciamiento a la Comisión Consultiva Nacional de Convenios Colectivos o impugnarse por la vía del art. 163 LRJS.

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