La Ley 21.561 ("Ley de 40 horas", 2023) redujo la jornada ordinaria máxima del Art. 22 del Código del Trabajo de 45 a 40 horas semanales, con aplicación gradual:
- 44 horas — desde el 26 de abril de 2024.
- 42 horas — desde el 26 de abril de 2026 (etapa vigente).
- 40 horas — desde el 26 de abril de 2028.
Claves prácticas de la etapa actual:
- La rebaja opera por el solo ministerio de la ley: no exige anexo de contrato, pero sí adecuar turnos y horarios reales. Con jornada distribuida en 5 días, hay que recortar 1 hora en 3 días de la semana (si venías de 45h); en 6 días, al menos 50 minutos en 3 días y 30 minutos en otro.
- No puede haber rebaja de remuneraciones por la reducción de jornada.
- La jornada semanal sigue distribuyéndose en no más de 6 ni menos de 5 días, y la ley permite pactar promedios semanales y bandas horarias en ciertos casos.
- Todo lo trabajado por sobre la jornada máxima vigente pasa a ser hora extraordinaria con recargo del 50%.
Para bares, restaurantes y comercio esto obliga a recuadrar turnos cada etapa: una plantilla de horarios que cuadraba con 44h puede estar generando horas extra invisibles con 42h. Kiwii permite mantener los turnos al día y contrastarlos con las horas efectivamente trabajadas.
Para casos específicos, consulta con tu contador o abogado laboral.