La NOM-035-STPS-2018 es la norma oficial mexicana sobre factores de riesgo psicosocial en el trabajo, plenamente exigible desde octubre de 2020. Obliga a los centros de trabajo a identificar, analizar y prevenir condiciones que puedan dañar la salud mental de los trabajadores: cargas de trabajo excesivas, jornadas que exceden lo legal, falta de control sobre el trabajo, liderazgo negativo y violencia laboral.
Las obligaciones escalan por tamaño del centro de trabajo:
- Hasta 15 trabajadores — política de prevención, medidas contra la violencia laboral, canal de quejas y atención a trabajadores que hayan vivido acontecimientos traumáticos severos.
- 16 a 50 trabajadores — lo anterior + cuestionarios de identificación de riesgo psicosocial a todos los trabajadores (al menos cada 2 años) y acciones derivadas de los resultados.
- Más de 50 — lo anterior + evaluación del entorno organizacional (puede aplicarse por muestreo) y, en su caso, exámenes médicos o psicológicos.
Todo debe quedar documentado: la STPS inspecciona y multa la falta de política, de cuestionarios aplicados o de evidencia de las medidas. Las multas van de 250 a 5,000 UMA según la infracción.
La NOM-035 no obliga a garantizar la "felicidad" del personal ni prohíbe el estrés: exige un proceso documentado de identificación y prevención. Para casos específicos, consulta con tu contador o abogado laboralista.